Este 1 de marzo de 2026, se ha puesto sobre la mesa de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS) y la Secretaría de Salud la actualización de los lineamientos de seguridad para el Internet de las Cosas Médicas
Ante el avance de la Salud Digital, los ventiladores, bombas de infusión y monitores de signos vitales que operan en red ahora deben cumplir con estándares de encriptación obligatorios.
Debemos entender que la seguridad no termina en el software del expediente clínico y es por ello que debemos tener en consideración lo siguiente:
1. Responsabilidad Civil y Sanitaria: Un fallo en la seguridad de un dispositivo conectado (por hackeo o falta de actualización) que cause daño a un paciente implica una responsabilidad legal directa para la institución. La nueva normativa busca que los administradores garanticen "entornos de red seguros" y de esta forma poder evitar fuga de datos sensibles.
2. Gestión de Inventario Tecnológico: Legalmente, ya no basta con que el equipo médico funcione clínicamente; debe ser "ciber-seguro". Esto obliga a las áreas de ingeniería biomédica y sistemas a trabajar bajo un protocolo de cumplimiento legal estricto.
3. Protección de la Vida como Prioridad: A diferencia del robo de datos, aquí el riesgo es la integridad física. El marco legal de 2026 está evolucionando para sancionar la negligencia en el mantenimiento digital de la infraestructura hospitalaria.
La tecnología nos conecta, pero también nos vuelve vulnerables. La ciberseguridad hoy es un componente inseparable de la seguridad del paciente y un pilar del cumplimiento normativo.
https://consultorsalud.com.mx/equipos-medicos-alta-tecnologia-mexico-2026/
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