Dentro de las actualizaciones de reformas a la Ley General de Salud (LGS) que han sido publicadas en el año en curso (2026), se ha dado un gran paso para consolidar a la Comisión Nacional de Arbitraje Médico (CONAMED) no solo como un órgano de apoyo, sino como la instancia de referencia obligatoria para la mediación y conciliación antes de escalar a instancias judiciales.
A menudo vemos las quejas de los pacientes como un "dolor de cabeza"; sin embargo, con el nuevo panorama del derecho sanitario en México se ha dado un giro hacia la desjudicialización de la medicina, pero, ¿Qué significa esto realmente para nosotros en la gestión hospitalaria?.
Esto significa que la CONAMED ya no será vista solo como un órgano de consulta, sino como el pilar de los Mecanismos Alternos de Solución de Controversias (MASC) en el Sistema Nacional de Salud. Este cambio busca aliviar la saturación de los tribunales civiles y penales, promoviendo una cultura de "Justicia restaurativa", en lugar de una meramente punitiva en el sector de salud.
El fortalecimiento jurídico de la CONAMED impacta directamente en 3 principales áreas, las cuales son:
1. Mediación vs litigio: Anteriormente, muchos conflictos terminaban en demandas civiles o penales largas y sumamente costosas, hoy la ley prioriza la conciliación, esto quiere decir que se buscará gestionar las diferencias mediante ayuda de un conciliador, para de está forma buscar un acuerdo mutuo y que convenga a ambas partes para así evitar llegar a un juicio.
Para una institución de salud, esto representara un ahorro significativo en costos legales y, lo más importante, una resolución mucho más rápida que permitirá mantener la operatividad sin el desgaste de un juicio.
2. Protección de la Lex Artis: La reforma reconoce a la CONAMED como el perito técnico por excelencia, eso nos da la seguridad de que las quejas serán evaluadas bajo criterios científicos y médicos (lex Artis ad hoc), y no solo bajo interpretaciones legales que a veces desconocen la realidad de un quirófano o una sala de urgencias.
3, Gestión de Riesgos y Calidad: Legalmente, las recomendaciones de la CONAMED ahora deben ser vinculadas para los planes de mejora continua, esto nos obliga a usar las quejas como indicadores de riesgo legal para ajustar protocolos internos antes de que un error se convierta en un problema sistemático.
El fortalecimiento de la CONAMED representa una evolución en el derecho sanitario mexicano, ya que para las instituciones esto significa que la administración de riesgos legales debe priorizar la comunicación efectiva y la mediación técnica, buscando así entender el alcance legal de la CONAMED, es hoy más que nunca una herramienta de gestión indispensable para evita la judicialización de la práctica médica.
Si bien es cierto que las instituciones de salud se enfocan principalmente en los números y la productividad como ya se menciono previamente, no podemos olvidar que la seguridad jurídica de nuestro personal y de la institución es lo que permite que estos números sean sostenibles con el tiempo.
Pero, lamentablemente siempre hay un pero, pero son necesarios, será que en verdad con las nueva actualización y los cambios ejecutados en la CONAMED, se presentará un cambio significativo y habrá respuestas concisas a las demandas de los usuarios??
https://consultorsalud.com.mx/mexico-conamed-ley-de-general-salud-dof-2026/
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